Departamento Jurídico
En la sección jurídica de Camacol Risaralda, encontrará las disposiciones normativas más relevantes para los actores del sector de la construcción y toda la actualidad legislativa relacionada con el gremio. Igualmente encontrará las noticias de mayor importancia relacionadas con las actividades de la construcción tanto a nivel Nacional como regional y aquellos documentos específicos que inciden sobre la actividad de nuestros afiliados.
NOTA DE INTERÉS
Mediante la circular externa Nº 006 de Febrero 8 de 2012, la Superintendencia de industria y Comercio, da lineamientos a todas las personas naturales o jurídicas que vendan y/o promocionen inmuebles destinados a vivienda.
Para Camacol es importante que todos sus afiliados conozcan los requisitos normativos para aquellos que vendan y/o promocionen inmuebles destinados a vivienda. Para lo cual adjuntamos la mencionada circular.
BASE DE DATOS JURÍDICO
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ACCESIBILIDAD
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MEDIO AMBIENTE |
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AVALÚO DE BIENES INMUEBLES
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NORMAS URBANÍSTICAS
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EMERGENCIA SOCIAL
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ORDENAMIENTO TERRITORAL |
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ESTATUTOS PROFESIONALES
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SERVICIOS PÚBLICOS |
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LICENCIAS URBANÍSTICAS
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VIVIENDA |
NOTICIAS DE INTERÉS

Conozca el texto del Proyecto de Ley.
SANCIONADO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR

El 12 de octubre del presente año fue sancionada la Ley 1480 de 2011 “por medio de la cual se expide el estatuto del consumidor y se dictan otras disposiciones”, su objeto es regular los derechos y obligaciones surgidas entre productores, proveedores y consumidores, por esta razón este estatuto será el encargado de proteger y garantizar la defensa de los derechos de los consumidores para que prevalezcan sobre los intereses de los fabricantes y de esta manera lograr una efectiva protección de los intereses económicos de los consumidores.
Esta nueva ley busca actualizar el marco legal en las relaciones entre productores y consumidores el cual no se reformaba desde hace treinta años garantizándoles a estos últimos el acceso pleno a una información adecuada que les permita comprar libre y razonadamente.
En el tema del sector constructor la norma trae algunas especificaciones relativas a los bienes inmuebles:
- Artículo 8°. Término de la garantía legal: Para los bienes inmuebles la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez (10) años, y para los acabados un (1) año
- Artículo 11º. Aspectos incluidos en la garantía legal. Numeral 8º:
Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deban ser cambiados por efectividad de garantía, podrán ser de igual o mejor calidad, sin embargo, no necesariamente idénticos a los originalmente instalados.
Descargue AQUÍ para conocer más sobre este estatuto.
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